PAÍS: CREDITOS TASA CERO, REQUISITOS PARA MONOTRIBUTISTAS
22 abril, 2020El crédito a tasa 0 de hasta $ 150.000 anunciado esta semana a través del DNU N° 376 comprende a los Monotributistas de todas las categorías pero condicionado a un conjunto de requisitos, de acuerdo al Acta N° 4 del Comité de Evaluación del Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción, publicado este miércoles en el Boletín Oficial.

Se trata de una financiación a “ser acreditada en la tarjeta de crédito del beneficiario en los términos que, para la implementación de la medida, establezca el Banco Central”, y el monto “no podrá exceder una cuarta parte del límite superior de ingresos brutos establecidos para cada categoría del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, con un límite máximo de $150.000, desembolsado en tres cuotas mensuales iguales y consecutivas”.

Las condiciones para recibir este crédito, que será desembolsado en tres cuotas mensuales iguales y consecutivas y estará disponible en la cuenta de la tarjeta de crédito del solicitante, son:
- No recibir el beneficio del IFE (Ingreso Familiar de Emergencia), en relación a los monotributistas de las Categorías A y B que podían solicitar y recibir el bono de $ 10.000.
- No prestar servicios al sector público nacional, provincial o municipal. O, por lo menos, el 70% de la facturación entre el 12 de marzo y el 12 de abril de 2020 fue emitida a favor de esas jurisdicciones o entidades.
- No percibir ingresos de un trabajo relación de dependencia o provenientes de una jubilación.
- Que el monto de la facturación electrónica entre el 12 de marzo y el 12 de abril de 2020 no haya caído por debajo del promedio mensual del ingreso bruto mínimo de la categoría en la que se encuentre registrado.
- En los casos en que la facturación electrónica no se encuentre disponible, las compras no deben ser superiores al 80% del promedio mensual del límite inferior de la categoría en que se encuentre registrado.
No prestar servicios al sector público nacional, provincial o municipal. O, por lo menos, el 70% de la facturación entre el 12 de marzo y el 12 de abril de 2020 fue emitida a favor de esas jurisdicciones o entidades + No percibir ingresos de un trabajo relación de dependencia o provenientes de una jubilación.

No prestar servicios al sector público nacional, provincial o municipal. O, por lo menos, el 70% de la facturación entre el 12 de marzo y el 12 de abril de 2020 fue emitida a favor de esas jurisdicciones o entidades + No percibir ingresos de un trabajo relación de dependencia o provenientes de una jubilación.
A su vez, los beneficiarios de este financiamiento no deben realizar operaciones de compras de divisas por el mercado oficial ni tampoco comprar títulos en pesos “para su posterior e inmediata venta en moneda extranjera o transferencia en custodia al exterior hasta la cancelación total del crédito”, en referencia al mecanismo de contado con liquidación.
De acuerdo a los registros oficiales, los monotributistas “puros” – así denominados porque no trabajan simultáneamente en relación de dependencia ni son jubilados — suman 1.610.000, según el último dato del Ministerio de Trabajo. Además, hay 364.900 monotributistas sociales y 392.400 autónomos.
El decreto que creó el programa estableció que la ayuda podrá extenderse hasta el 30 de junio, inclusive”, aunque “para las actividades, empresas y trabajadores independientes que siguieran afectados por las medidas de distanciamiento social, aun cuando el aislamiento social preventivo y obligatorio haya concluido, los beneficios podrán extenderse hasta el mes de octubre de 2020 inclusive”.
Clarín – JPE



